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miércoles, agosto 26

Moros y Marranos

Inquisitio Haereticae Pravitatis Sanctum Officium
Hace algunos meses, en una entrada de su blog Historias de Alemania, Marta Salazar se hacía eco de una supuesta situación de xenofobia sufrida en Andalucía por un lector. Como ya dije en su momento en los comentarios de aquella entrada, no creo que en Andalucía exista una xenofobia o segregación social superior a la que puedan tener los países de nuestro entorno. El desprecio que se tiene en Alemania por los alemanes de la antigua Alemania Oriental, o por los polacos... o en Italia por los albaneses o por los rumanos... o en Argentina por los gallegos (entendidos estos como "españoles en general") o en Chile por los argentinos... no, decididamente, no creo que en Andalucía seamos más racistas de lo que puedan ser en cualquiera de estos lugares. Y eso que hemos "mamado" racismo y xenofobia durante siglos.

Leyendo en Wikipedia la entrada sobre la Enciclopedia Católica nos dice lo siguiente:

Enciclopedia Católica es una enciclopedia que fue originalmente escrita en inglés y publicada en 1913, diseñada para dar información autorizada sobre los intereses, acciones y doctrina católicas. El texto obtuvo el "Nihil Obstat" ("no hay objeciones") del censor eclesiástico Remy Lafort el 1 de noviembre de 1908 y el “Imprimatur” ("que se imprima") del arzobispo de Nueva York. La Enciclopedia Católica tiene, por tanto, la aprobación oficial desde el punto de vista moral y doctrinal de la Iglesia de Roma. Fue actualizada bajo los auspicios de la Universidad Católica en 1967 y una New Catholic Encyclopedia se publicó en 1967 y en una segunda edición en 2002. Se puede decir que está actualizada en contenidos.

Pues bien, a continuación transcribo parcialmente la biografía del prócer dominico Tomás de Torquemada que aparece hoy en día en la Enciclopedia Católica.

Tomás de Torquemada
«Primer Gran Inquisidor de España, nacido en Valladolid en 1420; murió en Ávila el 26 de Setiembre de 1498. (...) La Infanta Isabel lo escogió como su confesor mientras estuvo Segovia, y cuando ella asumió el trono de Castilla en 1474 él se convirtió en uno de sus más confiados e influyentes consejeros, pero rechazó todos los altos nombramientos eclesiales, prefiriendo permanecer como un simple fraile.
En ese tiempo la pureza de la Fe Católica en España estaba en gran peligro por los numerosos Marranos y Moriscos, quienes, por razones materiales, se convirtieron en falsos convertidos del Judaísmo y Mahometismo al Cristianismo. Los Marranos cometieron serias atrocidades en contra de la Cristiandad y se propusieron judaizar toda España.
(...)
Los Marranos encontraron poderosas maneras de evadir los tribunales en los juicios en España, cuyas riquezas los habían hecho muy influyentes y sobre los que la Inquisición no tenía jurisdicción. En esta situación Torquemada pidió a los soberanos que exijan a los judíos que se conviertan en cristianos o que abandonen España. Para frustrar esta medida los judíos acordaron pagan al gobierno español 10,000 ducados si los dejaban tranquilos. Existe una tradición que cuando Fernando estaba a punto de ceder a la tentadora oferta, Torquemada se le apareció, sosteniendo un crucifijo en lo alto, y exclamando: "Judas Iscariote vendió a Cristo por 30 monedas de plata; Su Alteza está a punto de venderlo por 30,000 ducados. Aquí está Él; tómelo y véndalo." Dejando el crucifijo en la mesa abandonó la habitación. Principalmente a través de esta mediación los Judíos fueron expulsados de España en 1492.
Se ha escrito mucho sobre la inhumana crueldad de Torquemada. Llorente registra que durante el mando de Torquemada (1483-98) 8.800 personas fueron quemadas y 9.654 fueron castigados de diferentes formas (Histoire de l'Inquisition, IV, 252). (...) Si la forma de Torquemada de indagar y castigar a los herejes era justificable es un asunto que debe ser decido no sólo comparado con el nivel penal del siglo quince, sino también, y principalmente, a través de una investigación sobre la necesidad de preservar el cristianismo en España. El cronista español contemporáneo, Sebastián de Olmedo (Chronicon magistrorum generalium Ordinis Prædicatorum, fol. 80-81) llama a Torquemada "el martillo de los herejes, la luz de España, el salvador de su país, el honor de su orden".»

Hasta aquí, repito, la cita textual de la Enciclopedia Católica. El texto rezuma racismo, xenofobia y odio por los cuatro costados. Y, lo que es peor, la Iglesia Católica considera vigentes los argumentos blandidos hace siglos para ejecutar una terrible limpieza étnica y deportaciones en masa entre nuestros antepasados andaluces (aquellos a los que llama Marranos y Moriscos). No pesan en la conciencia del Estado Vaticano como una acción errónea o moralmente reprobable. Nihil Obstat, que dirían ellos. Poco racistas hemos salido para haber comulgado con todo este odio al distinto.


Fotografía: Inquisitio Haereticae Pravitatis Sanctum Officium
Autor: Landahlauts

lunes, agosto 4

Leyes de extranjería

Calle Oficios 

Como nunca se llega a un acuerdo que satisfaga a todos en un tema como las leyes de extranjería... ¿Qué mejor que repasar la historia y recuperar una de las muchas leyes promulgadas por los Isabel I de Castilla y Fernando II de Aragón sobre el particular? Es una de esas leyes que pretendió, y consiguió, extirpar a todos aquellos ciudadanos que no "cumplía con el estándar" imaginado por sus Castellanas Majestades (moriscos, judíos, gitanos...).
Se trata de la Pragmática de Medina del Campo, dictada por Isabel I de Castilla y Fernando II de Aragón en 1499, concrétamente del título destinado a los gitanos (egipcianos). Aparece tal cual fue redactada y "actualizada" a un castellano más asequible.
«Expulsion del Reyno de todos los egipcianos que anduvieren vagando sin aplicacion á ocios conocidos. » «Mandamos a los gitanos que andan vagando por nuestros reinos y señoríos con sus mujeres e hijos, que el día que esta ley fuere notificada y pregonada en nuestra Corte, y en las villas, lugares y ciudades que son cabeza de partidos hasta sesenta días siguientes, cada uno dellos vivan por oficios conocidos, que mejor supieren aprovecharse, estando de estada en los lugares donde acordaren asentar, o tomar vivienda de señores a quien sirvan, y los den lo que hubieren menester; y no anden más juntos vagando por nuestros reinos, como lo hacen, o dentro de otros sesenta días primeros siguientes salgan de nuestros reinos, y no vuelvan a ellos en manera alguna; so pena que si en ellos fueren hallados, sin oficios o sin señores juntos, pasados los dichos días, que den a cada uno cien azotes por la primera vez, y los destierren perpetuamente destos reinos: y por la segunda vez, que les corten las orejas, y estén sesenta días en la cadena, y los tornen a desterrar, como dicho es; y por la tercera vez, que sean cautivos de los que los tomaren por toda su vida...» «Mandamos á los egipcianos que andan vagando por nuestros Reynos y Señoríos con sus mugeres y hijos , que del dia que esta ley fuere notificada y pregonada en esta nuestra Corte, y en las villas, lugares y ciudades que son cabezas de partidos fasta sesenta dias siguientes, cada uno dellos vivan por oficios conoscidos, que mejor supieren aprovecharse, estando de estada en los lugares donde acordaren asentar, ó tornar vivienda de señores á quien sirvan , y los den lo quehobieren menester; y no anden mas juntos vagando por nuestros Reynos, como lo facen , ó dentro de otros sesenta dias primeros siguientes salgan de nuestros reynos, y no vuelvan á ellos en manera alguna; so pena que, si en ellos fueren hallados ó tomados, sin oficio o sin señores, juntos, pasados los dichos dias, que den á cada uno cien azotes por la primera vez, y los destierren perpetuamente destos Reynos; y por la segunda vez , que los corten las orejas, y esten sesenta dias en la cadena, y los tornen á desterrar, como dicho es; y por la tercera vez, que sean captivos de los que los tomaren por toda su vida...»